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Becas de comedor

Solicitud de ayudas de comedor para el curso 2019/20

Del 15 de abril al 8 de mayo

Solicitud de ayudas de comedor para el curso 2019-20

Imagen becas de comedor

 ¿Qué casos pueden darse?

  • Alumnos de transporte: No tienen que hacer nada
  • Alumnos/as que ya tienen beca este curso. Puedes confirmar la solicitud vía Internet o con la solicitud pregrabada que os entregaremos, (llas entregaremos entre el 25 y el 26 de abril) presentándola en la secretaría del colegio. 
  • Alumnos/as que no han tenido beca este curso o no han usado el comedor y quieren solicitarla.  Pueden solicitarlo de acuerdo con las condiciones que se recogen la convocatoria.

¿Quién puede ser beneficiario? 

  • BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 100%:
  1. Gratuidad por renta: la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar en el periodo impositivo 2017 no excede en cómputo anual el doble  del IPREM anual, fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 en 7.519,59 € (es decir, dichos ingresos no superan 15.039,18 €). Estos ingresos  se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa.
  2. Alumnos con discapacidad igual o superior al 33%, adjuntado copia de la tarjeta acreditativa o la autorización para la comprobación de dicha condición.
  3. Familias numerosas de categoría especial, cumplimentando en la solicitud el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra CCAA se acreditará adjuntando copia del título de familia numerosa en vigor.
  4. Alumnos que se encuentren en acogimiento familiar o residencial, acreditándolo adjuntando copia de la Resolución judicial o Certificado de la Comisión de Tutela.
  5. Solicitante en condiciones especiales de género, circunstancia que se acreditará adjuntando copia de la orden de protección a favor de la víctima, o copia del informe del Ministerio Fiscal o copia de certificado de los Servicios Sociales o Sanitarios de la administración autonómica o local.
  6. Alumnos víctimas de terrorismo, que se acreditará adjuntando copia del informe del Ministerio de Interior, de la resolución de reconocimiento de la Administración General del Estado o de sentencia judicial firme.
  7. Situación carencial específica, que se acreditará adjuntando copia de informe por los Servicios Sociales.
  • BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 75%:
    1. Gratuidad parcial por renta: alumnos que pertenezcan a unidades familiares en las que la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2017 no exceda en cómputo anual de 2,5 veces el IPREM (es decir, dichos ingresos no superan 18.799 € anuales).
  • BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 50%:
    1. Gratuidad parcial por renta: alumnos pertenecientes a unidades familiares en las que el resultado de la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2017 no exceda en cómputo anual 3 veces del IPREM (22.558,77 € anuales).
    2. Familia numerosa de categoría general, cumplimentando en la solicitud el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra CCAA se acreditará adjuntando copia del título de familia numerosa en vigor.

CÓMO PRESENTAR LA SOLICITUD DE AYUDAS para el CURSO 2019/2020

  • SOLICITUD PRESENCIAL: los padres o tutores presentarán la solicitud de ayudas en el impreso a su disposición en la Secretaría del centro y en el Portal de Educación, debidamente cumplimentado y firmado, donde se sellará y entregará el resguardo de presentación.
  • SOLICITUD VÍA INTERNET: los padres registrados que lo deseen podrán acceder a su solicitud entrando en la aplicación en la dirección https://comedoresescolares.jcyl.es/Este enlace se abrirá en una ventana nueva y cumplimentado los datos requeridos siguiendo los pasos que se indican en la Guía de Ayudas a su disposición en la propia aplicación. La solicitud se confirmará y enviará telemáticamente junto con la documentación adjuntada y quedará a la espera de su validación por el centro. También podrá, a través de la aplicación, cumplimentar su solicitud en la aplicación, imprimirla y presentarla posteriormente en el centro junto con la documentación necesaria. 

¿Hasta cuándo hay plazo?

PLAZO ORDINARIO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDA:

  • Para alumnos ya matriculados en el centro: del 15 de abril hasta el 8 de mayo de 2019.

¿Y los alumnos que se incorporarán nuevos el próximo curso?

  • Informaremos a las familias de los alumnos que entran el próximo curso a 3 años en la reunión que mantendremos el próximo 27 de mayo. 

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