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Plazo del 1 al 15 de abril

Solicitud de ayudas de libros para el curso 2016/17

Ayudas para la adquisición de libros de texto 2016/2017. Convocatoria

Solicitudes: del 1 al 15 de abril de 2016

Novedades importantes en la convocatoria de ‪Ayudas‬ para adquisición de ‪libros‬ de texto‬ 2016-17.

  • La Junta busca la práctica gratuidad de los libros para aquellas familias que no superen en 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) en vigor en 2016, es decir, 11.182,71€.
  • Esto significa que las ayudas serán de mayor cuantía, hasta 240€, según las facturas, pero que no tendrán acceso a ellas quienes tengan más ingresos de esa cantidad. Por lo tanto más cantidad para menos gente.
  • Otra novedad muy importante es que quienes reciban las ayudas se comprometen a entregar los libros al final de curso al Banco de libros del colegio.
  • ¿Habrá RELEO el próximo curso? Sí, pero el colegio no recibirá fondos para ello. El banco se nutrirá de los libros que tenemos este curso más los que donen los nuevos solicitantes. En principio no tiene porque no ser suficiente para cubrir la mayoría de las necesidades.
  • El banco de libros aumentará sus fondos los cursos sucesivos con los libros procedentes de las becas.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas para financiar la adquisición de libros de texto el padre, la madre o el tutor legal de los alumnos que cursen educación primaria o educación secundaria obligatoria, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, siempre que la renta de la unidad familiar en el año 2014 no supere en 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) en vigor en 2016, es decir, 11.182,71€.

Cuantía de las ayudas

Las cuantías de las ayudas serán, en función del coste del material subvencionable, las siguientes:

Doscientos cuarenta euros (240 €) para financiar la adquisición de libros de texto de educación primaria.

Requisitos y criterios de concesión

Para la concesión de estas ayudas será requisito imprescindible que la renta de la unidad familiar en el año 2014 no supere en 1,5 veces el IPREM, es decir, 11.182,71€.

La renta de la unidad familiar se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2014 de cada uno de los miembros computables de la unidad familiar, proporcionadas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, calculadas de la forma siguiente:

  1. Para unidades familiares o miembros computables que hayan presentado declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyéndose los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes a ejercicios anteriores a 2014, así como el saldo neto negativo de rendimientos de capital mobiliario de 2013 (casilla 430 más casilla 445).
  2. Para unidades familiares o miembros computables que obtengan ingresos propios y/o no hayan presentado declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se procederá de forma equivalente a lo indicado en el párrafo a), y a las imputaciones íntegras se les restarán los gastos y deducciones del trabajo.

 

Formalización de las solicitudes

Las solicitudes se pueden obtener a través de la aplicación informática:

(Disponible desde las 00:00 horas del 1 de abril hasta las 24:00 horas del 15 de abril)

Si participó en la convocatoria 2015/2016, podrá acceder a la solicitud pregrabada con su NIF, los 10 últimos dígtos del número de cuenta que registró en la solicitud y la fecha de nacimiento del alumno para el que solicita la ayuda. Podrá modificarla si es necesario, confirmarla e imprimirla.

Si no participó en la convocatoria 2015/2016 podrá generar una nueva solicitud e imprimirla.

En el colegio podrán pedir la solicitud pregrabada con sus datos si participó en la convocatoria 2015/2016, o un formulario en blanco.

Podeis descargar la solicitud en blanco desde aquí: Solicitud en blanco

Presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comienza el viernes 1 de abril y finaliza el viernes 15 de abril.

Las solicitudes deben ser firmadas por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad.

Las solicitudes se pueden presentar por duplicado de forma presencial, preferentemente en la secretaría del centro docente en el que se encuentra matriculado el alumno en el curso 2015/2016.

También se pueden presentar de forma electrónica.

Justificación de la ayuda

Los beneficiarios deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda mediante la presentación del documento de justificación que se les proporcionará por el centro docente, acompañado de la factura justificativa de la adquisición del material subvencionable correspondiente al alumno, que deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

La factura, una por alumno, salvo que el material subvencionable se adquiera en establecimientos o en momentos diferentes, se expedirá a nombre del padre, madre o tutor, indicando el curso o enseñanza a la que corresponden los libros de texto.

Como justificante de pago, deberá aparecer en la factura la inscripción "pagado" o aportar, en su caso, el documento que acredite la realización de transferencia bancaria. En el supuesto de que ésta se haya realizado mediante el sistema de banca electrónica deberá figurar el sello de la entidad financiera en el citado documento acreditativo.

La presentación de la documentación a la que se refiere el punto anterior se realizará en la secretaría del centro docente donde el alumno se encuentre matriculado en el curso escolar 2016/2017, en el plazo comprendido entre el 1 y el 16 de septiembre de 2016, ambos inclusive.

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